En medio de las emergencias por incendios forestales que han afectado a distintas zonas del país, el marco legal vigente contempla sanciones significativamente más altas para quienes resultan responsables de provocar fuego, ya sea de manera intencional o bajo circunstancias que permitan prever sus consecuencias.

Así lo explicó el abogado penalista de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo, (UDD), Diego Muñoz, quien detalló los alcances de las modificaciones legales incorporadas tras los mega incendios de los últimos años.

ENDURECIMIENTO TRAS MEGA INCENDIOS

“El delito de incendio aumentó sus penas luego de los últimos incendios forestales, tanto en Valparaíso como en otros mega incendios anteriores”, señaló Muñoz.

En ese contexto precisó que antes las sanciones llegaban hasta los 10 años de reclusión, sin embargo, en la actualidad existen “rangos que parten de los 5 años para quienes encienden un bosque, pastizales u otros espacios, hasta los 20 años de cárcel, pudiendo incluso tener mayor sanción en caso de que hubiese algún agravante por el hecho de realizarlo en la noche o en un lugar escampado”.

El abogado recalcó que la responsabilidad penal no solo se limita a quienes actúan con dolo directo, “también se podría imponer la misma condena a aquellos que sin tener la intención, se hubiesen representado el hecho de que podían provocar un incendio”, explicó.

Como ejemplo sostuvo que “si conozco las alertas, como la regla 30-30-30, y aun así hago un asado o una quema, me puedo representar que se puede generar un gran siniestro, y con eso también mi sanción aumentaría”.

CASOS DE NEGLIGENCIA

Un escenario distinto es el relacionado con las negligencias. En esos casos, Muñoz explicó que la sanción sería en un rango menor, y partiría desde los 541 días depresivo hasta los 5 años.

“No es cárcel efectiva, sino que podría cumplirse con alguna pena sustitutiva, como la libertad vigilada, es decir, no en reclusión directa”, aclaró el abogado.

Los casos de negligencia podrían agrupar situaciones en las que personas hayan utilizado galleteros o hecho un asado. Sin embargo, advirtió que cada situación debe analizarse en concreto.

MODIFICACIÓN DE LAS PENAS

Respecto de las modificaciones legales, el abogado explicó que estas se introdujeron en el 2013, y en la actualidad existe un proyecto de ley en segundo trámite para aumentar las sanciones a quienes den origen a incendios forestales.

En ese contexto detalló que “se modifica la ley de bosques y se aumentan las condenas para siniestros en bosques, mieses y pastizales, pero también se agregan sanciones mayores cuando se pueden afectar a un sector poblado”, afirmó.

Asimismo, el especialista dijo que “cuando puede afectar a una gran parte de la población, las condenas incluso podrían superar los 20 años”.

DIFICULTAD PARA ACREDITAR INTENCIÓN

Consultado sobre las dificultades existentes al momento de acreditar judicialmente la intención de provocar un incendio, Muñoz señaló que existen varios desafíos. “El primer problema es la evidencia, porque como todo se quema, muchas veces desaparece”, explicó.

A la complejidad se suma demostrar si la persona se representó el riesgo de lo que depende de su experiencia y conocimiento. “No es lo mismo un bombero o alguien que trabaja en el campo que sabe el peligro, que una persona sin experiencia en un fuego rural”, ejemplificó.

Finalmente advirtió que el tiempo juega en contra de las investigaciones. “Mientras más lejos estemos de los hechos, más difícil es encontrar a los responsables. Los primeros días son muy relevantes, porque la evidencia va desapareciendo”, concluyó.

Fuente: La Tribuna


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