El Gobierno ingresó al Congreso una reforma constitucional que modifica el actual régimen de estados de excepción y propone la creación de una nueva figura denominada “Estado de excepción de seguridad pública”, diseñada para responder a escenarios de grave alteración o amenaza contra la seguridad en determinados territorios.
La iniciativa establece que este mecanismo podrá ser decretado cuando exista una “amenaza grave e inminente” para la seguridad pública o cuando esta ya haya sido gravemente afectada. La declaración corresponderá al Presidente de la República, quien además deberá determinar las zonas específicas en las que se aplicará.
Uno de los principales cambios respecto del actual estado de emergencia es su duración. La propuesta contempla un período inicial de hasta 120 días, con la posibilidad de que el Presidente lo prorrogue por otro período de igual extensión. Para posteriores prórrogas será necesario contar con el acuerdo del Congreso Nacional.
Una vez decretado, las zonas comprendidas quedarán bajo la dependencia inmediata del Oficial General que designe el Presidente. La autoridad deberá, además, informar al Congreso sobre las medidas adoptadas durante la vigencia de la excepcionalidad.
El proyecto establece que una ley orgánica constitucional deberá precisar las atribuciones y deberes de la autoridad responsable de las zonas afectadas, junto con las facultades que tendrán las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y la eventual colaboración de las Fuerzas Armadas.
Nuevas facultades
La reforma incorpora un nuevo inciso al artículo 43 de la Constitución, mediante el cual se establecen facultades específicas para enfrentar situaciones de grave afectación de la seguridad pública.
Durante la vigencia de este estado de excepción, el Presidente podría disponer la suspensión o restricción de la libertad personal y de locomoción, limitar el derecho de reunión y el derecho de asociación, además de autorizar la interceptación, apertura o registro de documentos y comunicaciones.
También se contempla la posibilidad de disponer requisiciones de bienes, dentro de las atribuciones establecidas por la legislación.
Una figura distinta al estado de emergencia
De acuerdo con el mensaje presidencial, la nueva herramienta busca intervenir en escenarios que puedan deteriorarse progresivamente antes de alcanzar niveles que hagan más difícil recuperar el control territorial.
El Ejecutivo plantea que determinadas expresiones del crimen organizado pueden avanzar de manera gradual, afectando la seguridad pública, controlando territorios e intimidando a comunidades, sin necesariamente ajustarse desde el comienzo a las hipótesis que actualmente permiten recurrir a los estados de excepción.
La propuesta apunta, por ello, a contar con un mecanismo más focalizado y adaptable a determinadas dinámicas delictuales.
El ministro de Seguridad, Martín Arrau, explicó que el instrumento estaría pensado para situaciones particularmente complejas, como zonas rurales que pudieran encontrarse bajo control de organizaciones vinculadas al terrorismo o al narcotráfico.
El secretario de Estado señaló que existen simulaciones de territorios en los que podría aplicarse la nueva figura y destacó que la intención es trabajar con áreas mucho más acotadas, definidas como “polígonos”, dependiendo del tipo de fenómeno delictual.
La reforma deberá ahora iniciar su tramitación legislativa en el Congreso, donde sus alcances, duración y atribuciones serán parte del debate parlamentario.
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